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¿Tienes derecho a la devolución del gasóleo profesional y/o agrícola?

Te facilitamos la información y trámites para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el uso profesional del gasóleo y el gasóleo empleado en la agricultura y ganadería. Conoce qué es la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos en estos dos tipos de gasóleo.

DEVOLUCIONES GASÓLEO PROFESIONAL

¿Quiénes tienen derecho a la devolución?

Tienes derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional si eres titular de los vehículos siguientes y cumples los requisitos indicados:

  1. Vehículos de motor o conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
  2. Vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970.
  3. Taxis destinados al servicio público de viajeros bajo licencia municipal y provistos de aparato taxímetro.

Toda la información puedes encontrarla en estos enlaces de la Agencia Tributaria:

GASÓLEO PROFESIONAL – VEHÍCULOS >7.5 Toneladas

Agencia Tributaria: Devoluciones gasóleo profesional

Accede a la Guía de Ayuda Devolución Gasóleo Profesional

Agencia Tributaria: Devoluciones gasóleo profesional. Guías técnicas

DEVOLUCIONES GASÓLEO AGRÍCOLA

¿Quiénes tienen derecho a la devolución?

Tendrás derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, si eres agricultor o ganadero, por las adquisiciones de gasóleo que hayas utilizado como carburante en la agricultura, ganadería y silvicultura.

Generan derecho a devolución los consumos de gasóleo realizados en los:

  1. Motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura.
  2. Motores de los aparatos y artefactos empleados en igual destino.

Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años.

Toda la información puedes encontrarla en estos enlaces de la Agencia Tributaria:

GASÓLEO AGRÍCOLA

Agencia Tributaria: Devoluciones gasóleo agrícola

Accede a la Guía de Ayuda Devolución Gasóleo Agrícola

Agencia Tributaria: Devoluciones gasóleo agrícola. Guías técnicas

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