Te facilitamos la información y trámites para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el uso profesional del gasóleo y el gasóleo empleado en la agricultura y ganadería. Conoce qué es la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos en estos dos tipos de gasóleo.
DEVOLUCIONES GASÓLEO PROFESIONAL
¿Quiénes tienen derecho a la devolución?
Tienes derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional si eres titular de los vehículos siguientes y cumples los requisitos indicados:
- Vehículos de motor o conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
- Vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970.
- Taxis destinados al servicio público de viajeros bajo licencia municipal y provistos de aparato taxímetro.
Toda la información puedes encontrarla en estos enlaces de la Agencia Tributaria:
GASÓLEO PROFESIONAL – VEHÍCULOS >7.5 Toneladas
Agencia Tributaria: Devoluciones gasóleo profesional
Accede a la Guía de Ayuda Devolución Gasóleo Profesional
Agencia Tributaria: Devoluciones gasóleo profesional. Guías técnicas
DEVOLUCIONES GASÓLEO AGRÍCOLA
¿Quiénes tienen derecho a la devolución?
Tendrás derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, si eres agricultor o ganadero, por las adquisiciones de gasóleo que hayas utilizado como carburante en la agricultura, ganadería y silvicultura.
Generan derecho a devolución los consumos de gasóleo realizados en los:
- Motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura.
- Motores de los aparatos y artefactos empleados en igual destino.
Los beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de la factura acreditativa de cada suministro o grupo de suministros incluidos en las solicitudes de devolución y conservar las mismas durante un periodo de cuatro años.
Toda la información puedes encontrarla en estos enlaces de la Agencia Tributaria:
GASÓLEO AGRÍCOLA
Agencia Tributaria: Devoluciones gasóleo agrícola
Accede a la Guía de Ayuda Devolución Gasóleo Agrícola
Agencia Tributaria: Devoluciones gasóleo agrícola. Guías técnicas