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Ayudas para sustituir tu caldera individual por otra más eficiente

Tal y como se publicó el pasado 1 de junio en el Diario Oficial de Castilla –La Mancha, se han establecido las bases reguladoras de las ayudas para sustituir ventanas y calderas y para la instalación de repartidores de costes y contadores de calefacción.

La concesión de ayudas públicas, enfocadas a promover el ahorro y la eficiencia energética, irán destinadas a la sustitución de calderas individuales por otras de mayor eficiencia.

  • Deberá ser una instalación individual doméstica, con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70kW, con altas prestaciones energéticas.
  • Deberá ser establecida previamente como caldera eficiente-
  • Será nueva y su instalación deberá ser dentro del territorio de la Comunidad de Castilla – La Mancha y en el domicilio de propiedad del solicitante (condición que deberá documentar)
  • La instalación tiene que realizarla la empresa, siempre adherida al plan, que efectúa la venta de la caldera.
  • Se deberá sustituir una caldera de gasóleo por una de condensación de gasóleo, en el caso de querer seguir con esta energía. La sustitución deberá de ser a condensación para estar sujeta a esta ayuda.
  • Aquella caldera que sea inutilizada y retirada por la empresa instaladora, deberá ser entregada a un gestor autorizado para la gestión de este tipo de residuos, acreditando dicha entrega por la empresa autorizada.
  • La instalación sustituida deberá encontrarse en situación de legalidad o regulación
  • Cualquier actividad de venta, sustitución o instalación de la caldera, deberá ser realizada durante dicho periodo subvencionable.
  • La sustitución de la caldera debe conllevar una reducción de, como mínimo, un 20% de consumo energético.
  • Sólo podrá ser subvencionada una única caldera por solicitante.

¿Cuáles son las actividades subvencionables?

Toda caldera individual que funcione con gasoil y que sea sustituida por una caldera de condensación, también de gasoil; entre otras opciones que podrás encontrar aquí.

  • La solicitud de la subvención, rellenada y firmada por el titular y sellada por la empresa instaladora; siempre sujeta al plan.
  • Copia del NIF del solicitante.
  • Certificado acreditando el domicilio fiscal dentro en el ejercicio del plazo establecido.
  • Certificación de la empresa instaladora donde se acreditará la nueva cadera y la retirada de la sustituida, indicando fecha y lugar de instalación.
  • Certificación facilitada por el gestor de residuos autorizados, donde se acredite la entrega de la caldera sustituida por parte de la empresa instaladora.
  • Factura de compra e instalación de la nueva caldera. Esta deberá ir firmada y sellada por la empresa instaladora y completada correctamente con los datos de: la nueva caldera, coste de adquisición e instalación, fecha de venta, datos de la empresa y del comprador, dirección de la instalación y justificante de pago efectivo e íntegro (realizado en el periodo subvencionable y por el solicitante de la subvención). No se aceptará pago en metálico.

Descárgate la orden con las bases que regulan estas ayudas aquí.

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