Tal y como se publicó el pasado 1 de junio en el Diario Oficial de Castilla –La Mancha, se han establecido las bases reguladoras de las ayudas para sustituir ventanas y calderas y para la instalación de repartidores de costes y contadores de calefacción.
La concesión de ayudas públicas, enfocadas a promover el ahorro y la eficiencia energética, irán destinadas a la sustitución de calderas individuales por otras de mayor eficiencia.
- Deberá ser una instalación individual doméstica, con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70kW, con altas prestaciones energéticas.
- Deberá ser establecida previamente como caldera eficiente-
- Será nueva y su instalación deberá ser dentro del territorio de la Comunidad de Castilla – La Mancha y en el domicilio de propiedad del solicitante (condición que deberá documentar)
- La instalación tiene que realizarla la empresa, siempre adherida al plan, que efectúa la venta de la caldera.
- Se deberá sustituir una caldera de gasóleo por una de condensación de gasóleo, en el caso de querer seguir con esta energía. La sustitución deberá de ser a condensación para estar sujeta a esta ayuda.
- Aquella caldera que sea inutilizada y retirada por la empresa instaladora, deberá ser entregada a un gestor autorizado para la gestión de este tipo de residuos, acreditando dicha entrega por la empresa autorizada.
- La instalación sustituida deberá encontrarse en situación de legalidad o regulación
- Cualquier actividad de venta, sustitución o instalación de la caldera, deberá ser realizada durante dicho periodo subvencionable.
- La sustitución de la caldera debe conllevar una reducción de, como mínimo, un 20% de consumo energético.
- Sólo podrá ser subvencionada una única caldera por solicitante.
¿Cuáles son las actividades subvencionables?
Toda caldera individual que funcione con gasoil y que sea sustituida por una caldera de condensación, también de gasoil; entre otras opciones que podrás encontrar aquí.
- La solicitud de la subvención, rellenada y firmada por el titular y sellada por la empresa instaladora; siempre sujeta al plan.
- Copia del NIF del solicitante.
- Certificado acreditando el domicilio fiscal dentro en el ejercicio del plazo establecido.
- Certificación de la empresa instaladora donde se acreditará la nueva cadera y la retirada de la sustituida, indicando fecha y lugar de instalación.
- Certificación facilitada por el gestor de residuos autorizados, donde se acredite la entrega de la caldera sustituida por parte de la empresa instaladora.
- Factura de compra e instalación de la nueva caldera. Esta deberá ir firmada y sellada por la empresa instaladora y completada correctamente con los datos de: la nueva caldera, coste de adquisición e instalación, fecha de venta, datos de la empresa y del comprador, dirección de la instalación y justificante de pago efectivo e íntegro (realizado en el periodo subvencionable y por el solicitante de la subvención). No se aceptará pago en metálico.
Descárgate la orden con las bases que regulan estas ayudas aquí.